| viernes, 05 de octubre de 2018 h |

Las guías de práctica clínica europeas, documentos realizados por las sociedades científicas a nivel continental, son informes que marcan el recorrido científico que debe aprehender cualquier Estado Miembro para actualizar sus recomendaciones. Sin embargo, en muchas ocasiones se levantan fronteras donde no debería haberlas. El último y sangrante caso se ha dado con los Anticoagulantes Orales de Acción Directa (ACOD), donde España siempre ha mantenido un perfil muy bajo que ahora se agrava ante una nueva actualización a nivel europeo de la guía de práctica clínica sobre estos fármacos.

Las inequidades de acceso llevan tiempo observándose dentro del propio territorio nacional. Existen comunidades autónomas donde el nivel de prescripción se sitúa en el 54 por ciento (como es el caso de Cantabria) y otras que apenas alcanzan el 20 (en Baleares). Esta variabilidad debería estar corregida por el Informe de Posicionamiento Terapéutico pero, en este caso concreto, ni siquiera sería suficiente para que España se homologase en práctica clínica con otros países como Noruega, Alemania, la rescatada Grecia o Bélgica (todos ellos por encima del 70 por ciento).

Ante esta situación, lo primero que debería hacer España es actualizar su IPT sobre estos medicamentos. Hay esperanzas para ello si se apela a la coherencia política de los actuales responsables del Ministerio de Sanidad. Fue precisamente la actual directora general de Farmacia, Patricia Lacruz, la que en su anterior etapa en la Consejería de Sanidad Universal de Comunidad Valenciana dio un golpe sobre la mesa y derrumbó barreras para que desde atención primaria se pudieran prescribir estos fármacos. Ahora, dentro de sus nuevas responsabilidades, está la de adecuar el añejo IPT español a las recomendaciones europeas. Además, cumpliría con una promesa que su valedora, Carmen Montón, hizo en el Congreso de los Diputados: modificar los IPT para que las comunidades autónomas no incurrieran en revaluaciones.

El objetivo final de aceptar la evidencia que llega desde Europa modificando el IPT es doble. Por un lado, los pacientes españoles tienen derecho a los mismos tratamientos residan donde residan. Pero además, cualquier ciudadano de este país no debe tener menos oportunidades de acceso que cualquier residente en otro país europeo.